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title: "La SCBA amplió el régimen de asignación de domicilio electrónico"
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description: "Ahora podrán interactuar con el sistema. Será necesario el certificado de firma digital, emitido previamente por la Autoridad Certificante AC-ONTI ."
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tags:
  - "domicilio electrónico"
  - "firma digital"
  - "SCBA"
author_name: "Alejandro Carranza"
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category_name: "Judicial"
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# La SCBA amplió el régimen de asignación de domicilio electrónico

![RDE](/download/multimedia.miniatura.b49e0309bb5567b4.5244455f6d696e6961747572612e77656270.webp)

Mediante la Resolución SC Nº 459/23, la Suprema Corte de Justicia habilitó el otorgamiento de un domicilio electrónico vinculado a un certificado de firma digital, **para aquellas personas humanas –oficiales de justicia ad hoc, terceros y/o externos- que deban intervenir en los procesos judiciales en trámite ante los organismos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias que integran la Administración de Justicia, que no sean parte procesal jurídicamente declarada y no cuenten con colegiación**, cuya denominación será CUIL@externos.notificaciones.

A tales efectos, **los interesados, quienes deberán contar con un certificado de firma digital emitido por la Autoridad Certificante de Firma Digital Argentina (AC-ONTI), podrán requerir el otorgamiento/aprobación del domicilio electrónico respectivo a través del formulario de inscripción que se habilitará en la página web "www.scba.gov.ar", a partir del 2 de mayo de 2023,** cuya administración y contralor -además de la correspondiente aprobación del domicilio electrónico- estará a cargo de la Secretaría de Planificación, a través del Registro de Domicilios Electrónicos (RDE).

En la decisión **se aclara que el otorgamiento, aprobación o emisión del domicilio electrónico, no implica el reconocimiento o acreditación de personería del sujeto interesado en el proceso, situación que deberá ser verificada ante el órgano jurisdiccional competente.**

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