La CSJN publicó un suplemento sobre "Notificación personal al procesado"
La Secretaría de Jurisprudencia que depende del Alto Tribunal elaboró un documento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.
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El Colegio de Abogados de Puerto Madryn se opone a la modificación del recurso de amparo aprobada por la legislatura chubutense. Compartimos el comunicado de la institución
Colegios09/12/2021 RedacciónEl pasado jueves 02.12.2021 la Legislatura de la Provincia del Chubut aprobó dos proyectos de ley con enorme trascendencia para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos frente a los atropellos del poder estatal, restringiendo aún más el derecho a la tutela judicial efectiva.
Es así que se modificó la ley que rige la Acción de Amparo en la Provincia del Chubut (Ley V Nº 84) la cual era una normativa de avanzada en comparación con las regulaciones en otras provincias y lo dispuesto por la ley nacional (Nº 16.986), generando estas modificaciones nuevas trabas a los justiciables para poder acceder a esta herramienta legal cuyo rango constitucional fuera reconocido en la reforma nacional del año 1994.
Asimismo, se aprobó una ley que limita de manera significativa el otorgamiento de medidas cautelares contra la administración pública provincial, municipal y también otros organismos descentralizados de la órbita estatal local.
A estas novedades legislativas se suma la entrada en vigencia mediante su publicación en el Boletín Oficial del día 29.11.2021 de la Ley XIII Nº 26, la que al modificar el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, introduce en el ámbito provincial el instituto del “per saltum” mediante el cual en cualquier causa judicial por motivos de “gravedad institucional” podrá intervenir directamente el Superior Tribunal de Justicia, sorteando las instancias previas. La ley aprobada se encarga de aclarar que se considera de gravedad institucional la decisión judicial que afecte el “normal desenvolvimiento económico financiero de la administración provincial y/o de las corporaciones municipales”.
Si a la entrada en vigencia de estas normas, se le adiciona el nombramiento en el Superior Tribunal de Justicia de candidatos cuyos pliegos han sido objetados de manera unánime por los Colegios de Abogados de la Provincia y cuya elección pareciera obedecer exclusivamente a acuerdos político partidarios más que a la aplicación de criterios de idoneidad, probidad e independencia, cabe considerar que el ideal de Justicia en nuestra Provincia ha quedado herido de muerte.
Desde el Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn queremos hacer saber nuestro más enérgico rechazo a estas modificaciones legislativas y manifestar nuestra enorme preocupación por estos nuevos atropellos al sistema republicano, como así también poner de resalto que a pesar de ser los abogados los principales operadores jurídicos del sistema en donde se aplicaran estas normas, nuestro Colegio jamás ha sido convocado por los Legisladores para analizar estos temas, como asimismo se omite cumplir con el procedimiento de audiencias públicas legislativas de carácter técnico que estableció la Ley V Nº 165.
Corresponderá entonces a los los magistrados que han jurado respetar y hacer cumplir tanto la Constitución Nacional como la Provincial, que con coraje, independencia y sentido republicano honren el juramento que prestaron al asumir sus cargos y velen por el cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales frente a los constantes atropellos del poder político que pretende arrogarse la suma del poder público, garantizar la protección de sus funcionarios en la Justicia y desprecia la participación ciudadana.
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