La CSJN publicó un suplemento sobre "Notificación personal al procesado"
La Secretaría de Jurisprudencia que depende del Alto Tribunal elaboró un documento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.
Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía |
La AFIP decidió ajustar los controles que lleva adelante sobre los usuarios de billeteras como Mercado Pago y Ualá. Los detalles
Noticias27/05/2022 RedacciónLa Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó hoy en $30.000 el monto a partir del cuál las empresas administradoras de billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes, como parte de un esquema de optimización en la calidad de los datos con los que cuenta el organismo para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales.
La normativa de la AFIP incorpora nuevos requerimientos de información para las empresas del sector -como Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Viumi, Bimo, Moni, Personal Pay y Todo Pago-, aunque no implica cambios para los usuarios, informó este jueves la dependencia oficial en un comunicado.
La medida será publicada este viernes en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 5193/2022, en la que se establece en $ 30.000 el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.
Además, las billeteras virtuales deberán informar cuando el saldo final mensual que el usuario tenga en su cuenta sea superior o igual a $90.000. Con anterioridad, el monto era de $10.000, en ambos casos.
"La resolución de la AFIP incorpora nuevos requerimientos que optimizan la capacidad de control y calidad de la información sobre esos activos y amplía la capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias", aseguró la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont.
En ese sentido, se establecerá un umbral de $200.000 a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales.
En línea con el desarrollo de los medios de pago electrónicos, la AFIP incorporó desde este año a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales trabar embargos para cobrar las deudas acumuladas por contribuyentes morosos.
El organismo definió el procedimiento que seguirán sus funcionarios al momento de solicitar a la Justicia un embargo sobre ese tipo de activos. Hasta ahora los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP requiere a la justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros. Sin embargo, el desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso explica la decisión de la AFIP de incluir las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.
Según datos del Banco Central (BCRA) a diciembre de 2021, el 46,5% de las personas adultas en la Argentina -16,3 millones de personas- tenían al menos una billetera virtual (CVU) a su nombre, de los cuales el 91,5% tenía también al menos una cuenta bancaria (CBU) registrada bajo su titularidad.
Fuente: IProfesional.com
La Secretaría de Jurisprudencia que depende del Alto Tribunal elaboró un documento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.
La Secretaría de Jurisprudencia que depende del Alto Tribunal elaboró un documento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.
Ernesto Löffler, nuevo presidente del FOFECMA. La bonaerense Ana Laura Ramos retiene la vicepresidencia segunda
La segunda edición de este informe elaborado por la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes incluye datos estadísticos de los 24 poderes judiciales provinciales y de CABA.
Se trata del proyecto de Ley D-3320/24-25 que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados bonaerense y que reduce del 10% al 5% en la sobretasa de acceso a la Justicia, destinada a la Caja de Previsión Social para Abogados. Votaron favorablemente libertarios y el kirchnerismo.
El proyecto pone en jaque los fondos solidarios que sostienen beneficios sociales para abogados. El CALP y la FEPUBA advirtieron sobre los riesgos para la profesión y pidieron participar del debate.
En nota dirigida a las autoridades del banco señalaron que "Esta demora desvirtúa el sistema legal de "pago en juicio" que contempla el art 277 de la Ley 20744, que fue concebido en tutela del crédito de la clase trabajadora."
La segunda edición de este informe elaborado por la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes incluye datos estadísticos de los 24 poderes judiciales provinciales y de CABA.
San Isidro es el tricampeón, completaron el podio Lomas de Zamora y La Plata
Ernesto Löffler, nuevo presidente del FOFECMA. La bonaerense Ana Laura Ramos retiene la vicepresidencia segunda
La Secretaría de Jurisprudencia que depende del Alto Tribunal elaboró un documento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.