
El senador Gonzalo Caro Dávalos presentó un proyecto para modificar la Ley 5412, que regula el funcionamiento del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta
Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía |
En un duro comunicado la entidad bonaerense exigió que no se regule por debajo de la escala legal.
Colegios03/10/2022"Nuestros honorarios son el equivalente a la remuneración que perciben los Jueces y Funcionarios del Poder Judicial, que sistemáticamente reclaman por la actualización y mejora de sus haberes, como forma de conservar el poder adquisitivo"
En un duro comunicado la abogacía bonaerense nucleada en COLPROBA salió a exigir el cumplimiento de la ley de honorarios profesionales ante las reiteradas regulaciones por debajo del mínimo legal y en montos que de no ser insultantes a la labor de los profesionales, llamaría a risa.
La nota suscrita por el Consejo Superior presidido por Bienvenido Rodríguez Basalo hizo una serie de consideraciones que van desde la reafirmación del carácter alimentario de los honorarios profesionales, comparándolos con las remuneraciones de jueces y magistrados hasta dejar en claro que la corporación judicial exige para sus ingresos lo que no estaría respetándose para la abogacía.
Deja abierta el COLPROBA la vía de los pedidos de juicio político para aquellos jueces y juezas que incumplan con la mencionada ley.
Compartimos el texto completo del comunicado del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires:
JUECES Y JUEZAS, RESPETEN LA LEY DE HONORARIOS
SIN ABOGADOS Y ABOGADAS NO HAY JUSTICIA,
Y SIN HONORARIOS NO HAY ABOGACÍA
EN RESGUARDO DE NUESTRO IMPRESCINDIBLE ROL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA JUSTICIA Y EN DEFENSA DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES
Los presidentes y presidentas de todos los Colegios de Abogados departamentales de la provincia de Buenos Aires que suscriben al pie, reunidos en pleno en el Consejo Superior hacen saber que:
1) Los abogados y las abogadas somos actores imprescindibles para que pueda funcionar la Justicia, pues, somos quienes conectamos a la ciudadanía con el Poder Judicial. Patrocinamos a los ciudadanos y ciudadanas que necesitan la resolución de sus conflictos y que son los que contribuyen con sus impuestos a pagar el costo que implica el funcionamiento del Poder Judicial. Sin la existencia y la actuación de los abogados y las abogadas, no hay justicia. SOMOS ACTORES IMPRESCINDIBLES.
2) Los abogados y las abogadas vivimos de los honorarios profesionales, que están regulados por una ley provincial que es de Orden Público, que fija mínimos legales y pautas para fundar las regulaciones de honorarios en cada caso concreto.
3) Nuestros HONORARIOS son el equivalente a la remuneración que perciben los Jueces y Funcionarios del Poder Judicial, que sistemáticamente reclaman por la actualización y mejora de sus haberes, como forma de conservar el poder adquisitivo, alegando que su actualización hace a la intangibilidad de las mismas como forma de garantizar la independencia del Poder Judicial.
4) El mismo razonamiento cabe efectuar sobre la importancia y necesidad del acatamiento de la ley, al momento de regular los honorarios: respetando los mínimos legales, valorizando el trabajo profesional y disponiendo la actualización de las bases regulatorias, de modo que se evite la licuación de su poder adquisitivo , ya que la pérdida de su valor afecta la dignidad del ejercicio profesional y deteriora la calidad de la Justicia.
5) Reivindicamos nuestra profesión como una actividad esencial, lícita y remunerada, dentro de un sistema que consagra al derecho de propiedad como garantía constitucional inviolable. Nuestros honorarios tienen carácter alimentario y son parte de nuestro derecho protegido por la Constitución Nacional.
6) La ley de honorarios, por voluntad expresa del legislador, establece que en ningún caso el juez del proceso podrá violar, bajo pena de nulidad, los mínimos legales establecidos y que la regulación que no los respete hará incurrir al juez en causal de mal desempeño y consecuente enjuiciamiento (art 16 de la Ley provincial N°14.967).
7) Pese a ello, algunos magistrados regulan honorarios por debajo del mínimo legal o sin respetar las pautas arancelarias, incumpliendo arbitrariamente con su esencial deber republicano de respetar la ley, la inequívoca voluntad del legislador y el principio de división de poderes.
8) Como representantes de todos los abogados y abogadas de la provincia de Buenos Aires, continuaremos exigiendo el estricto cumplimiento de la Ley de Honorarios Profesionales y formulando las denuncias institucionales que correspondan.
El senador Gonzalo Caro Dávalos presentó un proyecto para modificar la Ley 5412, que regula el funcionamiento del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta
𝐶𝑎𝑟𝑙𝑜𝑠 𝐴𝑛𝑑𝑟𝑒𝑢𝑐𝑐𝑖, 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑖𝑑𝑒𝑛𝑡𝑒 𝑑𝑒 𝑈𝐼𝐵𝐴 𝑒𝑥𝑝𝑢𝑠𝑜 𝑒𝑛 𝑒𝑙 𝑝𝑎𝑛𝑒𝑙 "𝐸𝑠𝑡𝑎𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝐷𝑒𝑟𝑒𝑐ℎ𝑜 𝑦 𝑔𝑜𝑏𝑒𝑟𝑛𝑎𝑛𝑧𝑎𝑠 𝑒𝑛 𝐼𝑏𝑒𝑟𝑜𝑎𝑚𝑒́𝑟𝑖𝑐𝑎. 𝐹𝑜𝑟𝑡𝑎𝑙𝑒𝑧𝑎𝑠 𝑦 𝑑𝑒𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑𝑒𝑠"
Se trata de los autos COLPROBA celebró el fallo «Bianco c/ Lazarte» que reconoce la naturaleza jurídica de los honorarios y por ende, aportes previsionales. COLPROBA celebró el fallo e inicia gestiones para el cobro de los adeudado.
Através de un comunicado anunció que ofrecerá además ayuda a los abogados y al colegio local.
El evento tuvo lugar el pasado jueves en el Salón Auditorio de la sede colegial y contó con la presencia de abogados y abogadas de la matricula
Sistema Acusatorio: las audiencias filmadas podrán verse fácilmente en los expedientes
El senador Gonzalo Caro Dávalos presentó un proyecto para modificar la Ley 5412, que regula el funcionamiento del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta
El organismo destacó el trabajo de la Oficina de la Mujer de la CSJN en la lucha contra la violencia de género en la región.