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Tribunal falla a favor del COLPROBA en disputa con el Colegio de Escribanos sobre el Registro de Instrumentos Privados

Abogacía10/03/2025Alejandro CarranzaAlejandro Carranza
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El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°4 de La Plata ha fallado a favor del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (COLPROBA), desestimando la demanda presentada por el Colegio de Escribanos, que buscaba invalidar los artículos 8° y 10° de la Circular N°6659 del COLPROBA, emitida el 3 de julio de 2019. Este fallo reafirma la legitimidad del servicio que el Registro de Instrumentos Privados ha ofrecido a la comunidad desde 1998.

La demanda del Colegio de Escribanos cuestionó dos aspectos esenciales: la posibilidad de registrar testamentos ológrafos en el Registro y la capacidad del COLPROBA para emitir constancias de los documentos depositados. No obstante, en su defensa, el COLPROBA argumentó que su circular no introdujo novedades, sino que actualizó una normativa existente, la Resolución N°267/98, que ha permanecido vigente durante más de dos décadas.

El fallo de la justicia subrayó que el registro de testamentos ológrafos no es exclusivo de los escribanos, ya que la legislación vigente no obliga a los ciudadanos a realizar el depósito de estos documentos en escribanías. La ley notarial solo regula el procedimiento cuando los escribanos están implicados, lo que significa que cualquier intento de establecer una exclusividad en este ámbito sería inconstitucional.

Adicionalmente, se aclaró que las constancias emitidas por el COLPROBA son simples recibos que documentan el depósito de los documentos, y no tienen la naturaleza de certificaciones notariales.

Esta decisión es de gran relevancia, ya que ratifica la facultad del COLPROBA para ofrecer servicios complementarios a la labor de los escribanos, respondiendo así a las necesidades de la ciudadanía sin invadir las competencias de otras profesiones. La resolución judicial no solo reconoce la legitimidad de las acciones del COLPROBA, sino que también desestima la demanda del Colegio de Escribanos, marcando un hito importante en la regulación y el ejercicio de estas funciones en beneficio de la comunidad.

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