
De los tribunales a la nube: La Abogacía Española impulsa la iniciativa Upro
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El COLPROBA publicó en su sitio web una jurisprudencia clave para mediadores en un caso donde se pretendió eludir la mediación provincial acudiendo a la justicia nacional.
05/08/2025La reciente ratificación judicial del carácter obligatorio del sistema de mediación prejudicial en la Provincia de Buenos Aires, lejos de ser un tecnicismo procesal, se inscribe en una discusión más profunda y más amplia: la necesidad de orden para que exista sentido, ya sea en el universo físico o en el entramado jurídico.
En los días en que algunos titulares coquetean con la posibilidad de que cometas interestelares sean naves alienígenas, los físicos serios —y también los juristas responsables— nos recuerdan lo esencial: todo sistema complejo necesita reglas para existir, subsistir y ser comprendido.
La ley como arquitectura del orden
Una reciente resolución de la Cámara reafirma que la Ley 13.951 de mediación prejudicial no es una sugerencia ni una alternativa, sino un requisito imperativo para acceder a la justicia ordinaria. Y no por rigidez caprichosa, sino porque su estructura —que incluye el sorteo conjunto del mediador y del juzgado— garantiza neutralidad, economía procesal y coherencia territorial.
El fallo va aún más lejos: reconoce al mediador como parte legítima del proceso, capaz de recurrir resoluciones que afecten su función. Es decir, no somos simples auxiliares; somos actores con derechos profesionales definidos por ley, con una función pública que exige respeto, protección y previsibilidad.
Como el universo necesita constantes físicas para que la materia se agrupe en estrellas, nosotros necesitamos normas claras para que los conflictos puedan resolverse de forma civilizada.
La mediación no es una conversación asistida, ni un trámite previo: es un acto jurídico regido por normas, ejercido por abogados habilitados y protegido por resoluciones judiciales que reconocen su rol dentro del sistema de justicia.
¿Azar o sistema?
En la cosmología contemporánea, hay quienes explican el ajuste fino del universo —ese equilibrio improbable de fuerzas y proporciones que permiten la existencia de la vida— como una casualidad estadística, y otros que lo ven como una evidencia de estructura previa. Sea cual sea la respuesta, el dato es el mismo: el universo es ordenado, y esa es la condición para que lo podamos conocer.
Del mismo modo, en el sistema jurídico, no puede haber justicia sin procedimiento. El intento de iniciar demandas eludiendo la mediación local, apelando a instancias extraprovinciales, es comparable a pretender que la materia se aglutine sin gravedad. No hay justicia sin reglas, ni resolución sin procedimiento válido.
Derecho y matemática
En ambas dimensiones —la cosmológica y la jurídica— la matemática es lenguaje común. En la física, describe órbitas, partículas y ondas. En el derecho, fija plazos, regula competencias y define procedimientos. En ambos casos, la forma precede al contenido: sin marco, no hay fenómeno; sin ley, no hay derecho.
La legitimación del mediador para recurrir, el rechazo a flexibilizar sin base legal, y la ratificación del sistema bonaerense, son expresiones de una jurisprudencia que defiende el diseño frente al caos.
La mediación como cosmos jurídico
Lo que a veces parece un trámite más —la mediación— es, en realidad, una etapa fundante del proceso judicial, donde no sólo se busca resolver un conflicto, sino construir sentido jurídico. La ley 13.951 no es una traba, sino una arquitectura: vincula al mediador y al juez en un sistema que da garantías a todos.
Negarla o intentar eludirla es intentar vivir fuera de las leyes de la física: se puede, pero no por mucho tiempo.
En defensa del sistema
La resolución que citó el precedente “Zurich Aseguradora c/ Cesca” es un punto de inflexión. Reafirma que la mediación no puede ser reemplazada por fórmulas ajenas al sistema provincial, que los plazos existen por una razón, y que los mediadores tenemos un lugar propio, defendible y legítimo dentro del engranaje judicial.
En tiempos donde todo parece volverse relativo, recordar que el orden sigue siendo la base de la existencia, en el cielo o en los tribunales, es una afirmación tan necesaria como tranquilizadora.
Link a colproba: https://colproba.org.ar/l/2025/08/04/jurisprudencia-clave-para-mediadores/
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