
Alberdi, la profesión y los desafíos de un tiempo de cambios
Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía |
Se trata de una iniciativa impulsada por el Colegio de Abogados y Procuradores de esa provincia
Colegios22/11/2023 RedacciónLa comisión de Legislación del Trabajo y Asuntos Laborales en la Legislatura neuquina emitió despacho por unanimidad al proyecto de ley que modifica el Código Procesal Civil y Comercial, con el objetivo de crear las licencias por “maternidad, paternidad y fallecimiento para profesionales de la abogacía” que ejercen de manera independiente según reportó Nahuel Rodriguez en el portal Minuto Neuquén.
El documento presentado en la Legislatura de Neuquén fue impulsado por el Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén. En su articulado se propone la modificación del artículo 50 de la Ley 912.
La propuesta consiste en que las abogadas y procuradoras "gocen de 60 días hábiles en caso de maternidad o adopción, debiendo hacer uso de este derecho antes o después del parto”.
También, se establecen 30 días hábiles por paternidad o adopción para varones y se estipula una licencia de cinco días hábiles por fallecimiento del cónyuge, ascendientes o descendientes.
“En caso de que sean familiares de la persona conviviente, las licencias no podrán exceder los tres días hábiles, al igual que por fallecimiento de hermanos o hermanas”, según detalló el cuerpo del proyecto.
El presidente de la comisión, Sergio Fernández Novoa, señaló que la respuesta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) fue positiva para incluir las licencias.
El TSJ expresó que la reforma “está orientada al reconocimiento, de los trabajadores que ejercen como auxiliares de la Justicia” y que “no vulneran derechos durante el periodo de licencia”. También, indicaron que la normativa ya se aplica en las provincias de Salta, Entre Ríos y Tucumán “sin ningún inconveniente”.
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𝐶𝑎𝑟𝑙𝑜𝑠 𝐴𝑛𝑑𝑟𝑒𝑢𝑐𝑐𝑖, 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑖𝑑𝑒𝑛𝑡𝑒 𝑑𝑒 𝑈𝐼𝐵𝐴 𝑒𝑥𝑝𝑢𝑠𝑜 𝑒𝑛 𝑒𝑙 𝑝𝑎𝑛𝑒𝑙 "𝐸𝑠𝑡𝑎𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝐷𝑒𝑟𝑒𝑐ℎ𝑜 𝑦 𝑔𝑜𝑏𝑒𝑟𝑛𝑎𝑛𝑧𝑎𝑠 𝑒𝑛 𝐼𝑏𝑒𝑟𝑜𝑎𝑚𝑒́𝑟𝑖𝑐𝑎. 𝐹𝑜𝑟𝑡𝑎𝑙𝑒𝑧𝑎𝑠 𝑦 𝑑𝑒𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑𝑒𝑠"
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