La CSJN publicó un suplemento sobre "Notificación personal al procesado"
La Secretaría de Jurisprudencia que depende del Alto Tribunal elaboró un documento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.
Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía |
El Decreto 971/2024 establece que las solicitudes ante la Administración Pública tendrán aprobación automática si no reciben respuesta en el plazo estipulado, excepto en áreas sensibles como salud, medio ambiente y servicios públicos. La medida comenzó el 1º de noviembre y apunta a acelerar gestiones en sectores no críticos.
Noticias07/11/2024Alejandro CarranzaEl Gobierno Nacional ha lanzado un cambio significativo en la normativa administrativa al publicar el Decreto 971/2024, que modifica la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549. Este decreto introduce el concepto de "silencio administrativo positivo" como norma general, con lo cual si la Administración Pública no responde en el plazo establecido, se considerará aprobada la solicitud. La medida representa un paso hacia la agilización de trámites en sectores donde el impacto de una respuesta automática no representa un riesgo.
El nuevo criterio, sin embargo, no aplicará en áreas que requieren un mayor control y análisis, como la salud pública, el medio ambiente, los servicios públicos y el dominio público. En estos sectores, la normativa exigirá una respuesta explícita de la Administración, y el silencio administrativo no podrá tomarse como un visto bueno para los trámites. El decreto identifica claramente los trámites excluidos del silencio positivo en el artículo 1°, y detalla aquellos a los que sí aplicará en el artículo 2°.
Para definir estos listados, se realizó un relevamiento exhaustivo de los permisos y autorizaciones vigentes en el ámbito nacional. Las áreas competentes analizaron cada trámite mediante informes técnico-jurídicos, determinando cuáles quedarían exentos del silencio positivo y cuáles sí podrían ajustarse a este nuevo criterio. Esta decisión también prevé la digitalización de todos los trámites afectados que actualmente se llevan en papel.
La medida no solo apunta a acelerar los tiempos de respuesta en sectores no críticos, sino también a modernizar la infraestructura administrativa. El decreto establece un plazo de cinco días hábiles para que las reparticiones de la Administración Pública integren los trámites a la plataforma digital Trámites a Distancia (TAD) u otros sistemas equivalentes, asegurando así que los expedientes electrónicos sean los únicos sujetos a este nuevo criterio de silencio administrativo positivo.
El cronograma de implementación inicia el 1º de noviembre de 2024 para la Administración Pública Central y el 1º de diciembre de 2024 para organismos descentralizados. Con esta reforma, el Gobierno busca reducir los tiempos de espera y optimizar el acceso a servicios en sectores no críticos, brindando respuestas automáticas ante la falta de comunicación de la Administración, pero manteniendo al mismo tiempo la protección en áreas que afectan de forma directa al bienestar de la ciudadanía y los recursos comunes.
La Secretaría de Jurisprudencia que depende del Alto Tribunal elaboró un documento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.
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Ernesto Löffler, nuevo presidente del FOFECMA. La bonaerense Ana Laura Ramos retiene la vicepresidencia segunda
La segunda edición de este informe elaborado por la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes incluye datos estadísticos de los 24 poderes judiciales provinciales y de CABA.
Se trata del proyecto de Ley D-3320/24-25 que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados bonaerense y que reduce del 10% al 5% en la sobretasa de acceso a la Justicia, destinada a la Caja de Previsión Social para Abogados. Votaron favorablemente libertarios y el kirchnerismo.
El proyecto pone en jaque los fondos solidarios que sostienen beneficios sociales para abogados. El CALP y la FEPUBA advirtieron sobre los riesgos para la profesión y pidieron participar del debate.
En nota dirigida a las autoridades del banco señalaron que "Esta demora desvirtúa el sistema legal de "pago en juicio" que contempla el art 277 de la Ley 20744, que fue concebido en tutela del crédito de la clase trabajadora."
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San Isidro es el tricampeón, completaron el podio Lomas de Zamora y La Plata
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