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De la jornada participaron fiscales/as; auxiliares fiscales; titulares y representantes de distintas procuradurías y dependencias del Ministerio Público Fiscal. El objetivo del encuentro fue discutir y debatir los lineamientos centrales del trabajo.
Género y abogacía 05/10/2022 RedacciónLa Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), a cargo de la fiscal federal Mariela Labozzetta, presentó ayer el borrador final del Protocolo de investigación y litigio de casos de violencia sexual con el objetivo de discutir e intercambiar consideraciones acerca de su contenido e implementación.
De la actividad participaron fiscales en lo criminal y correccional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -tanto de la instancia de investigación como de juicio- y auxiliares fiscales, así como también titulares y representantes de distintas procuradurías y dependencias del Ministerio Público Fiscal, como la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX); la Dirección General de Políticas de Género (DGPG); la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN); la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC); la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP); y la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual de Niñas y Niños (UFIDISN).
Al inicio de la actividad, el titular de la Secretaría de Coordinación Institucional, Juan Manuel Olima Espel, hizo hincapié en que el Protocolo refleja una política institucional del MPF. Luego, la fiscal Labozzetta expuso los principales puntos del documento, al que describió como una herramienta de investigación y litigación de casos de violencia sexual con perspectiva de género.
Explicó que la violencia sexual es una de las expresiones de violencia por motivos de género y que dentro del documento se detalla no solo la definición sino también los contextos donde ocurre. Específico que el ámbito de aplicación del protocolo está orientado a todos los casos de violencia sexual cometidos contra una o varias mujeres cisgénero o personas LGBTI+ en los que el MPF sea parte.
Mencionó también que dentro del trabajo hay un apartado en particular al respecto del consentimiento. Explicó luego que, de acuerdo a los contextos donde se produce la violencia sexual, hay distintas particularidades a tener en cuenta. Relató que en el documento hay apartados sobre derechos de las víctimas, sus declaraciones y cómo tomarlas.
Labozzetta señaló que en el trabajo se puntualiza sobre la importancia de la correcta recolección de pruebas y las diferencias que atraviesa el caso de acuerdo a la etapa procesal en la que se encuentra, diferenciando así entre la investigación, el juicio y la ejecución de la sentencia.
Tras la presentación de los puntos principales, la segunda parte de la reunión se centró en discutir con fiscales/as, auxiliares y representantes de las dependencias acerca del contenido del documento.
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