
𝐶𝑎𝑟𝑙𝑜𝑠 𝐴𝑛𝑑𝑟𝑒𝑢𝑐𝑐𝑖, 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑖𝑑𝑒𝑛𝑡𝑒 𝑑𝑒 𝑈𝐼𝐵𝐴 𝑒𝑥𝑝𝑢𝑠𝑜 𝑒𝑛 𝑒𝑙 𝑝𝑎𝑛𝑒𝑙 "𝐸𝑠𝑡𝑎𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝐷𝑒𝑟𝑒𝑐ℎ𝑜 𝑦 𝑔𝑜𝑏𝑒𝑟𝑛𝑎𝑛𝑧𝑎𝑠 𝑒𝑛 𝐼𝑏𝑒𝑟𝑜𝑎𝑚𝑒́𝑟𝑖𝑐𝑎. 𝐹𝑜𝑟𝑡𝑎𝑙𝑒𝑧𝑎𝑠 𝑦 𝑑𝑒𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑𝑒𝑠"
Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía |
Distintos colectivos de la abogacía advierten sobre la dudosa constitucionlidad del decreto del gobierno anarco capitalista que deroga múltiples leyes y normativas y avanza en la privatización de empresas públicas.. Colegios en sesión permanente de sus Consejos Directivos.
Colegios22/12/2023El dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 por parte del gobierno de Javier Milei ha puesto en alerta a la abogacía argentina en pleno al advertir que es un instrumento de dudosa constitucionalidad que deroga normas dictadas por el congreso nacional y pone en serio conflicto la separación de poderes, base del sistema institucional argentino.
Dada la gravedad muchos consejos directivos de los colegios se han convocado en sesión permanente con expresa misión de abocarse al estudio detallado del mencionado Decreto-
La Mesa Directiva del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -COLPROBA - encabezada por su presidente Bienvenido Rodriguez Basalo, ha resuelto convocar a sesión permanente del Consejo Superior para abocarse al estudio pormenorizado del mismo, sin perjuicio de la reserva sobre su constitucionalidad; hay que resaltar COLPROBA reúne a los veinte colegios de la provincia y que 1 de cada 3 abogados argentinos son bonaerenses.
Por otro lado la Federación Argentina de Colegios de Abogados -FACA - comunicó a través de sus redes que "se encuentra abocada a un exhaustivo análisis del mismo habiendo requerido opinión fundada al Instituto de Estudios Legislativos sobre su constitucionalidad y afectación de su contenido a una gran parte de la legislación vigente." y se extendió al afirmar que "Ello así toda vez que el dictado de DNU por parte del P.E. (poder ejecutivo) supone el ejercicio de una facultad excepcional que de modo alguno puede violentar la división de poderes, la plena vigencia de las Instituciones de la República y principios básicos del sistema Democrático. La F.A.C.A. fiel a estos valores asume el compromiso de expedirse definitivamente sobre el particular y en su caso".
En tanto que el Colegio de la Abogacía de Capital Federal -CPACF - presidido por el destacado constitucionalista Ricardo Gil Lavedra, publicó un comunicado donde advierte desde el título que "observa con preocupación el dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, denominado bases para la reconstrucción de la economía, por no ajustarse a los parámetros excepcionales establecidos en la Constitución para su dictado." Tambien se expresa que "El enorme volumen y alcance del texto del decreto que incluye la derogación de una innumerable cantidad de leyes del Congreso y la modificación de otras tantas, algunas incluso que contemplan un régimen general, no puede ser efectuada por un instrumento excepcional y de interpretación restrictiva como un decreto de necesidad y urgencia."
El CPACF va más allá y se sumerge en el debate del concepto de libertad desde la perspectiva del derecho: "Libertad y Ley son conceptos inescindibles. En los orígenes del constitucionalismo la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789, estableció que la libertad consiste en poder hacer todo lo que no dañe a otro y los límites no se pueden determinar sino por la ley (art. 4°), ley que es producto de la voluntad general (art. 6°). Por eso, se pone en riesgo la libertad cuando el mismo órgano hace y aplica la ley.
Por último la entidad porteña expresa que: "Nuestro régimen constitucional es claro cuando establece que “El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo” (art. 99 inciso 3°). Como es sabido, la reforma constitucional de 1994 introdujo la posibilidad de dictar decretos de necesidad y urgencia “cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes”.
Otra institución importante como lo es la Asociación de Abogados de Buenos Aires - AABA - también se pronunció contraria al decreto mileista y justifica la revisión del mismo: "Esta iniciativa de revisión surge ante serias preocupaciones respecto a la adecuación constitucional del decreto, en particular al incumplimiento de los requisitos de excepcionalidad, fundamentales para justificar su dictado"
𝐶𝑎𝑟𝑙𝑜𝑠 𝐴𝑛𝑑𝑟𝑒𝑢𝑐𝑐𝑖, 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑖𝑑𝑒𝑛𝑡𝑒 𝑑𝑒 𝑈𝐼𝐵𝐴 𝑒𝑥𝑝𝑢𝑠𝑜 𝑒𝑛 𝑒𝑙 𝑝𝑎𝑛𝑒𝑙 "𝐸𝑠𝑡𝑎𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝐷𝑒𝑟𝑒𝑐ℎ𝑜 𝑦 𝑔𝑜𝑏𝑒𝑟𝑛𝑎𝑛𝑧𝑎𝑠 𝑒𝑛 𝐼𝑏𝑒𝑟𝑜𝑎𝑚𝑒́𝑟𝑖𝑐𝑎. 𝐹𝑜𝑟𝑡𝑎𝑙𝑒𝑧𝑎𝑠 𝑦 𝑑𝑒𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑𝑒𝑠"
Se trata de los autos COLPROBA celebró el fallo «Bianco c/ Lazarte» que reconoce la naturaleza jurídica de los honorarios y por ende, aportes previsionales. COLPROBA celebró el fallo e inicia gestiones para el cobro de los adeudado.
Através de un comunicado anunció que ofrecerá además ayuda a los abogados y al colegio local.
El evento tuvo lugar el pasado jueves en el Salón Auditorio de la sede colegial y contó con la presencia de abogados y abogadas de la matricula
Advierten que la implementación de la ICLOP (Instancia de Conciliación Laboral Obligatoria Prejudicial) vulnera principios constitucionales como el acceso irrestricto a la justicia (art. 15 CPBA), carece de eficacia demostrable y podría generar litigiosidad adicional, dilatando y encareciendo los procesos judiciales. Proponen fortalecer la conciliación voluntaria y crear nuevos tribunales.
Sistema Acusatorio: las audiencias filmadas podrán verse fácilmente en los expedientes