La provincia de Buenos Aires sanciona mejoras en el cumplimiento de la Cuota Alimentaria
El 31 de diciembre, el gobernador Axel Kicillof promulgó la reforma aprobada por la legislatura provincial el 12 de diciembre.
Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía |
Un juez de Madrid acaba de condenar a un hombre a un año de cárcel por grabar a su novia, sin su consentimiento, mientras mantenían relaciones sexuales, hecho que constituye un delito de descubrimiento y revelación de secretos.
Además, deberá pagar a la víctima una multa de seis euros diarios durante 12 meses, indemnizarla con 3.000 euros por daños morales y no podrá acercarse a ella durante los próximos tres años, según ha dictaminado el Juzgado de lo Penal nº 37.
“El Código Penal establece que uno de los delitos por vulneración de la intimidad es el del descubrimiento y revelación de secretos. El hecho de grabar sin autorización, ya sea en situaciones de carácter sexual o de otro tipo, por cualquier mecanismo de grabación del sonido o de la imagen, constituye un delito”, afirma Beatriz Uriarte, abogada defensora de la víctima, quien confirma que estos hechos pueden ocasionar penas de prisión desde uno a cuatro años y multas de 12 a 24 meses.
“Supone un agravante si posteriormente se difunde, aumentando las condenas a penas de dos a cinco años”, explica.
La mujer, que estaba en situación irregular en nuestro país, lo denunció ante una comisaría, corriendo el riesgo de ser expulsada, cuando descubrió que no había sido la única víctima. Unos días antes encontró en el ordenador de su pareja unos archivos con nombres de mujeres, a las que también había grabado. “Quería evitar que se difundiera el contenido y terceras personas tuvieran acceso a su intimidad y que su honor se viera menoscabado” indica la letrada.
Uriarte afirma que probablemente sea la primera vez que el que roba la intimidad de su pareja es condenado seriamente: “No he encontrado sentencias anteriores que dicten prisión por este delito”.
El condenado no entrará en prisión, si no vuelve a delinquir en tres años, por no tener antecedentes penales y haber reconocido los hechos. Aún así, la letrada valora que este fallo marca un camino a seguir para castigar este tipo de delitos.
Fuente: www.abogacia.es
El 31 de diciembre, el gobernador Axel Kicillof promulgó la reforma aprobada por la legislatura provincial el 12 de diciembre.
Reemplazan los cargos dejados por el recientemente fallecido Héctor Recalde y Miguel Piedecasas, quien renunció hace una semana.
El procurador recomendó a los/as representantes del MPF una serie de lineamientos para el ejercicio de la acción penal por crímenes internacionales cometidos en otros países. El documento fue elaborado por la Secretaría de Coordinación Institucional, la Fiscalía General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios Comunitarios y la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional.
En su despedida, el ministro decano instó a defender las instituciones.
Orientadas a facilitar la gestión de órganos judiciales y abogados, se encuentran activas nuevas funcionalidades de automatización, consulta y accesibilidad en el portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas (PyNE).
"En un discurso cargado de reflexión y crítica, el juez de la Corte Suprema advirtió sobre el riesgo de un Ejecutivo dominante y el debilitamiento de los poderes Legislativo y Judicial, en un contexto global y local de tensiones democráticas."
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El autor es profesor en la Especialización en Blockchain, Blockchain, Smartcontracts y Criptocurrency, en Blockchain y la Transformación Digital de la Sociedad
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