
Último momento: La Corte Suprema rechaza la licencia de Ariel Lijo tras su designación por Milei
El máximo tribunal contradice a la Cámara Federal y complica la situación del magistrado designado por el presidente Milei.
Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía |
La composición de la Corte para la presente Sentencia fue la siguiente: Jueza Elizabeth Odio Benito (Presidenta); Juez Patricio Pazmiño Freire (Vicepresidente), Juez Eduardo Vio Grossi; Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot; Juez Humberto Antonio Sierra Porto; Juez Eugenio Raúl Zaffaroni, y Juez Ricardo Pérez Manrique.
Noticias17/11/2021 RedacciónSan José, Costa Rica, 15 de noviembre de 2021.- En la Sentencia notificada el día de hoy en el Caso González y otros Vs. Venezuela, la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró a la República Bolivariana de Venezuela responsable internacionalmente por la violación a los derechos a la libertad personal, a la integridad personal y a las garantías judiciales, en perjuicio de Belkis González, María Angélica González, Fernando González, Wilmer Antonio Barliza González, Luis Guillermo González y Olimpiades González. También determinó la violación a las garantías judiciales respecto a Aura González.
El 23 de noviembre de 1998 Belkis, María Angélica y Fernando González fueron detenidos por autoridades policiales, que consideraron que existían elementos de juicio que hacían presumir la participación de las tres personas nombradas en un homicidio. Belkis y María Angélica González fueron recluidas varios meses en una celda de aislamiento, la cual presentaba condiciones inadecuadas. Ello constituyó un trato cruel o inhumano.
El 28 de enero de 1999 se produjo la detención de Wilmer Antonio Barliza González, Luis Guillermo González González y Olimpiades González. Luego de que se denunciara un “tiroteo”, agentes policiales ingresaron a la residencia en que ellos se encontraban. Las autoridades policiales aseveraron que existían elementos que hacían presumir la participación de los tres detenidos en el mismo homicidio con que se vinculaba a sus parientes.
A pesar de las solicitudes de medidas alternativas a la privación de libertad, los involucrados permanecieron en prisión. Luego, el 21 de abril de 1999, se revocó la detención de Olimpiades González y Luis Guillermo González. Sus parientes, antes nombrados, permanecieron detenidos y vinculados al proceso penal. El 29 de septiembre de 1999 el Tribunal Mixto de Juicio de Primera Instancia en lo Penal dictó sentencia absolutoria a favor de Fernando González, María Angélica González, Belkis Míreles González y Wilmer Antonio Baliza González, y ordenó su inmediata liberación. El 20 de octubre de 1999 la sentencia absolutoria quedó firme.
Posteriormente, Fernando González, María Angélica González, Wilmer Barliza y Belkis González presentaron una solicitud de indemnización ante el Tribunal de Juicio No. 2 alegando la privación arbitraria de libertad que sufrieron durante el proceso penal seguido en su contra, emitiéndose una decisión a favor de las víctimas. Dicha decisión fue apelada por la fiscalía y posteriormente anulada por un tribunal.
En su Sentencia, la Corte Interamericana advirtió que los funcionarios policiales tuvieron en cuenta la existencia de un hecho punible y afirmaron contar con elementos que los llevaron a considerar la posible vinculación de las víctimas detenidas con el mismo. Sin embargo, no se contaba con elementos suficientes que justificasen la detención, y por ende la Corte señaló que las mismas habían sido arbitrarias.
Al respecto, el Tribunal recordó que la privación preventiva de la libertad, para no resultar arbitraria ni contravenir el principio de presunción de inocencia, debe estar sustentada no solo en indicios de responsabilidad penal, sino también en finalidades legítimas compatibles con la Convención Americana: procurar que la persona acusada no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia.
A su vez, en relación con las condiciones de detención, la Corte recordó que alojar personas procesadas junto a personas condenadas implica inobservar una salvaguarda al derecho a la integridad personal expresamente mandada por la Convención Americana.
En otro orden, Olimpiades González fue víctima de un atentado contra su vida el 19 de septiembre de 2001. Posteriormente, el 11 de diciembre de 2006 el señor Olimpiades recibió tres disparos por la espalda y horas más tarde, falleció. Dicha investigación aún permanece abierta y sin hallarse responsables, por lo que la Corte determinó que existió una falta de actuación en un plazo razonable para aclarar la muerte del señor Olimpiades González.
En esta Sentencia la Corte ordenó varias medidas de reparación.
El máximo tribunal contradice a la Cámara Federal y complica la situación del magistrado designado por el presidente Milei.
Una investigación del New York Times reveló cómo el entorno cercano al presidente Javier Milei promovió Milei Coin , una criptomoneda que generó expectativas de apoyo oficial y terminó desplomándose, perjudicando a pequeños inversores. El escándalo exponen riesgos de especulación y la responsabilidad de los líderes en estos mercados volátiles.
Lo decidió está mañana. La decisión sobre Lijo se pòstergó para el seis de marzo
El presidente sorprendió con una decisión inédita: designó a dos jueces en comisión sin el acuerdo del Senado, desatando críticas y un nuevo debate institucional.
La iniciativa busca que los estudiantes de abogacía tengan una formación específica sobre el consumo de cannabis y su regulación legal
Así se desprende de un informe publicado por la CSJN: Se registró un incremento por cuarto año consecutivo. La violencia psicológica, en primer lugaR
Através de un comunicado anunció que ofrecerá además ayuda a los abogados y al colegio local.
Además, durante la jornada se reconoció a las Dras. Marta Haydee Ayerdi, por su trayectoria en la matrícula, más de 57 años de dedicación y compromiso en el ejercicio de la profesión y Bárbara González Villamil, la abogada más reciente de la matrícula, que simboliza el futuro y la renovación de la abogacía.
En el 49° aniversario del último golpe de Estado hay 14 juicios en curso. 63 causas se encuentran con elevación a juicio a la espera de futuros debates. 615 personas están privadas de su libertad, de las cuales 498 se encuentran en arresto domiciliario. Hay 33 prófugos.
Se trata de los autos COLPROBA celebró el fallo «Bianco c/ Lazarte» que reconoce la naturaleza jurídica de los honorarios y por ende, aportes previsionales. COLPROBA celebró el fallo e inicia gestiones para el cobro de los adeudado.