
Durante la feria judicial de julio de 2025, la OVD atendió a 627 personas
Se ordenaron cerca de mil medidas preventivas urgentes.
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La exigencia de copias se darán por satisfechas si loa presentación está encuadrada en el sistema de presentaciones y notificaciones electrónicas.
Noticias27/06/2022A través del Acuerdo Nº 4068 la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso que la exigencia de la adjunción de las copias a las que alude el artículo 292 inc. 1 del Código Procesal Civil y Comercial (que regula el recurso de queja) se tendrá por satisfecha si la respectiva presentación se ajusta a lo normado en el Reglamento de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas (artículos 7 º y concordantes del Acuerdo 4013, texto ordenado según Acuerdo Nº 4039).
A esos fines, tratándose de piezas procesales digitales obrantes en el sistema de gestión judicial, dicha carga se considerará satisfecha en tanto en la interposición de la queja el peticionario cumpla con las pautas establecidas en el Ac. 4068.
Lo dispuesto importa la derogación del Acuerdo Nº 1790, al mismo tiempo que se encuadra con lo resuelto en el pronunciamiento dictado por el Tribunal en la causa C. 124.998 'Teves', de fecha 4 de marzo de 2022.
Se ordenaron cerca de mil medidas preventivas urgentes.
Advierten que la implementación de la ICLOP (Instancia de Conciliación Laboral Obligatoria Prejudicial) vulnera principios constitucionales como el acceso irrestricto a la justicia (art. 15 CPBA), carece de eficacia demostrable y podría generar litigiosidad adicional, dilatando y encareciendo los procesos judiciales. Proponen fortalecer la conciliación voluntaria y crear nuevos tribunales.
La Suprema Corte puso en marcha un plan para crear defensorías y asesorías tutelares en los Juzgados de Paz, cumpliendo con una sentencia clave que ordena garantizar el acceso a derechos en todo el territorio provincial.
En un encuentro histórico en República Dominicana, representantes de 23 naciones adoptan la Declaración de Santo Domingo, que promueve una justicia inclusiva, transparente y adaptada a las necesidades de la ciudadanía, destacando la importancia de la tecnología y la defensa de los derechos humanos en el ámbito judicial.
Una denuncia por abuso sexual entre adolescentes, marcada por el stealthing y el hostigamiento escolar, derivó en un inédito proceso de justicia restaurativa en La Plata. Sin juicio ni condena penal, el enfoque apuntó a la asunción de responsabilidad, la reparación del daño y la prevención de nuevas violencias.
Un fallo del Juzgado de Familia N° 11 de Viedma dispuso una medida inédita: condicionar la entrada al país del progenitor hasta que pague más de cuatro millones de pesos de deuda alimentaria. La jueza Paula Fredes fundamentó la decisión en la necesidad de proteger derechos de niñez y de evitar violencia económica contra la madre.
El Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N°4, a cargo de la jueza Carolina Macarrein, resolvió un caso de alimentos en favor de dos hijos —uno con discapacidad y otro con celiaquía— estableciendo una cuota del 40% de los haberes del padre. Además, dispuso como medida simbólica la lectura de El Principito para promover reflexión sobre el cuidado y la responsabilidad afectiva.
El tribunal interamericano afirmó que el cuidado constituye un derecho humano autónomo, con tres dimensiones: ser cuidado, cuidar y el autocuidado. Los Estados deben garantizarlo de manera progresiva y con enfoque de igualdad.
Se ordenaron cerca de mil medidas preventivas urgentes.