
Durante la feria judicial de julio de 2025, la OVD atendió a 627 personas
Se ordenaron cerca de mil medidas preventivas urgentes.
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El juez supremo hizo una fuerte defensa de la independencia de los poderes judiciales en su discurso.
Noticias17/10/2022En el discurso de incorporación leído por el Prof. Carlos Jaramillo, hizo mención que Lorenzetti ya es miembro de las Academias de Derecho de Argentina, Perú y ahora de Colombia, además de participar en diversos institutos jurídicos de Estados Unidos, Brasil, Mejico, Italia, España y otros países, con libros publicados en más de diez países de America y Europa. Estaban presente miembros de la Academia, de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema, del Consejo de Estado y los principales juristas de Colombia. Asimismo, participó con varias conferencias en la Universidad Externado y en un Congreso sobre “Protección judicial en América Latina: Acciones para la garantía de derechos fundamentales durante la pandemia por Covid-19”, organizado por la Universidad Externado de Colombia, donde se discutió sobre el Proyecto Covid-19 Litigation Database, junto con profesores Italianos de la Universidad de Trento.
Lorenzetti señaló que los poderes judiciales de la región enfrentan desafíos que eran inimaginables hace cincuenta años. Deben resolver cuestiones de trascendencia social, económica y política. Por esa razón son atacados fuertemente con propuestas de reformas de todo tipo.
Frente a la magnitud de los desafíos se debe tener siempre presente que la función de los poderes judiciales es proteger los derechos de los ciudadanos y no a sí mismos. Lorenzetti señaló que los jueces deben asumir una posición de estadistas, en el sentido de proteger los valores fundamentales del Estado de Derecho.
La idea de que el poder judicial debe abstenerse de decisiones de impacto en la sociedad, o de no interpretar la ley de acuerdo a las necesidades actuales de la población, es típica del siglo XIX. En esa época, era el legislador el que dictaba grandes sistemas y el poder judicial sólo los aplicaba.
Pero esa concepción cambió totalmente en un sistema con multiplicidad de fuentes, porque hay tratados internacionales, Constituciones, leyes, jurisprudencia, y los jueces deben interpretarlas en el caso. A esa actitud se la suele criticar como “creativa” o “activista”, pero es que la mayoría de los derechos están en las constituciones y las leyes; sólo hay que aplicarlas con coraje institucional.
Lorenzetti desarrolló estas ideas que están publicadas en su libro sobre la “decisión judicial” publicado en Colombia y varios países. La jurisprudencia de la Corte Suprema argentina ha sido ampliamente citada en campos como los derechos humanos, juicios de lesa humanidad, protección de los vulnerables, de la propiedad, del ambiente. En todos estos casos es una jurisprudencia que interpreta las constituciones conforme a la actualidad.
La sociedad pluralista actual encomienda a la constitución la tarea de realizar la condición de posibilidad de la vida en común, y abandonando la de establecer un proyecto de vida determinado impuesto desde el poder a los ciudadanos. El objetivo a lograr es una sociedad más inclusiva, tratando de superar la dialéctica amigo-enemigo.
Se ordenaron cerca de mil medidas preventivas urgentes.
Advierten que la implementación de la ICLOP (Instancia de Conciliación Laboral Obligatoria Prejudicial) vulnera principios constitucionales como el acceso irrestricto a la justicia (art. 15 CPBA), carece de eficacia demostrable y podría generar litigiosidad adicional, dilatando y encareciendo los procesos judiciales. Proponen fortalecer la conciliación voluntaria y crear nuevos tribunales.
La Suprema Corte puso en marcha un plan para crear defensorías y asesorías tutelares en los Juzgados de Paz, cumpliendo con una sentencia clave que ordena garantizar el acceso a derechos en todo el territorio provincial.
En un encuentro histórico en República Dominicana, representantes de 23 naciones adoptan la Declaración de Santo Domingo, que promueve una justicia inclusiva, transparente y adaptada a las necesidades de la ciudadanía, destacando la importancia de la tecnología y la defensa de los derechos humanos en el ámbito judicial.
Una denuncia por abuso sexual entre adolescentes, marcada por el stealthing y el hostigamiento escolar, derivó en un inédito proceso de justicia restaurativa en La Plata. Sin juicio ni condena penal, el enfoque apuntó a la asunción de responsabilidad, la reparación del daño y la prevención de nuevas violencias.
Un fallo del Juzgado de Familia N° 11 de Viedma dispuso una medida inédita: condicionar la entrada al país del progenitor hasta que pague más de cuatro millones de pesos de deuda alimentaria. La jueza Paula Fredes fundamentó la decisión en la necesidad de proteger derechos de niñez y de evitar violencia económica contra la madre.
El Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N°4, a cargo de la jueza Carolina Macarrein, resolvió un caso de alimentos en favor de dos hijos —uno con discapacidad y otro con celiaquía— estableciendo una cuota del 40% de los haberes del padre. Además, dispuso como medida simbólica la lectura de El Principito para promover reflexión sobre el cuidado y la responsabilidad afectiva.
El tribunal interamericano afirmó que el cuidado constituye un derecho humano autónomo, con tres dimensiones: ser cuidado, cuidar y el autocuidado. Los Estados deben garantizarlo de manera progresiva y con enfoque de igualdad.
Se ordenaron cerca de mil medidas preventivas urgentes.