Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía


 

La SCBA amplió el régimen de asignación de domicilio electrónico

Ahora podrán interactuar con el sistema. Será necesario el certificado de firma digital, emitido previamente por la Autoridad Certificante AC-ONTI .

Judicial05/04/2023Alejandro CarranzaAlejandro Carranza
RDE

Mediante la Resolución SC Nº 459/23, la Suprema Corte de Justicia habilitó el otorgamiento de un domicilio electrónico vinculado a un certificado de firma digital, para aquellas personas humanas –oficiales de justicia ad hoc, terceros y/o externos- que deban intervenir en los procesos judiciales en trámite ante los organismos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias que integran la Administración de Justicia, que no sean parte procesal jurídicamente declarada y no cuenten con colegiación, cuya denominación será [email protected].

A tales efectos, los interesados, quienes deberán contar con un certificado de firma digital emitido por la Autoridad Certificante de Firma Digital Argentina (AC-ONTI), podrán requerir el otorgamiento/aprobación del domicilio electrónico respectivo a través del formulario de inscripción que se habilitará en la página web "www.scba.gov.ar", a partir del 2 de mayo de 2023, cuya administración y contralor -además de la correspondiente aprobación del domicilio electrónico- estará a cargo de la Secretaría de Planificación, a través del Registro de Domicilios Electrónicos (RDE).

En la decisión se aclara que el otorgamiento, aprobación o emisión del domicilio electrónico, no implica el reconocimiento o acreditación de personería del sujeto interesado en el proceso, situación que deberá ser verificada ante el órgano jurisdiccional competente.

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