
Último momento: La Corte Suprema rechaza la licencia de Ariel Lijo tras su designación por Milei
El máximo tribunal contradice a la Cámara Federal y complica la situación del magistrado designado por el presidente Milei.
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El procurador recomendó a los/as representantes del MPF una serie de lineamientos para el ejercicio de la acción penal por crímenes internacionales cometidos en otros países. El documento fue elaborado por la Secretaría de Coordinación Institucional, la Fiscalía General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios Comunitarios y la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional.
Noticias23/12/2024 RedacciónEl Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, aprobó a través de la Resolución PGN N°76/2024 las Pautas generales de actuación del Ministerio Público Fiscal de la Nación sobre Jurisdicción Universal, que establecen, de acuerdo a estándares internacionales, criterios orientadores para evaluar la promoción de la acción penal en estos casos. Entre esos lineamientos, se encuentran que el/la presunto/a delincuente sea nacional argentino, o se encuentre en territorio argentino, o sea un/a apátrida que resida aquí, o cuando las víctimas sean nacionales argentinas.
En tal sentido, el procurador indica que deberá priorizarse la entrega de las/os responsables al país que posea la competencia primaria, o a aquellos que se encuentren en mejores condiciones para juzgar el delito y requieran su extradición, o su entrega a una corte o tribunal penal internacional competente.
El documento fue elaborado por la Secretaría de Coordinación Institucional (SCI) y la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional (DIGCRI), con aportes de la Fiscalía General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios Comunitarios. La resolución dictada por el procurador tiene su precedente en la instrucción general que emitió hace un año —Resolución PGN 90/2023— para que las y los fiscales informen las denuncias e investigaciones iniciadas por el principio de jurisdicción universal.
La jurisdicción universal es un principio del derecho internacional que permite a los Estados investigar y juzgar determinados crímenes, independientemente del lugar donde se cometieron, y con base en su naturaleza y gravedad, que afectan a la comunidad internacional en su conjunto. Con ello se busca promover la justicia internacional, evitar la impunidad de los crímenes más graves y brindar una respuesta efectiva a las personas damnificadas.
El documento sistematiza normas y estándares internacionales y así responde —con lineamientos para afrontar este tipo de casos relevantes y complejos— a desafíos en la aplicación del principio de jurisdicción universal, como la falta de regulación específica en la legislación nacional, la complejidad de los contextos internacionales y la necesidad de evitar conflictos de jurisdicción con otros países o tribunales internacionales.
En ese marco, recomienda a las y los representantes del MPFN que ejerzan la acción penal, en primera medida, frente a delitos graves y de mayor trascendencia para la comunidad internacional, como son los crímenes de lesa humanidad, de guerra, agresión, genocidio y tortura. Añade que podrán intervenir subsidiariamente cuando los países que tengan la responsabilidad primaria para desarrollar las investigaciones y enjuiciamientos no lo hagan, no puedan hacerlo o lo hagan con el fin de sustraer a los presuntos culpables de su responsabilidad.
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