Violencia contra niños, niñas y adolescentes en el hogar: crecen las denuncias
Así se desprende de un informe publicado por la CSJN: Se registró un incremento por cuarto año consecutivo. La violencia psicológica, en primer lugaR
Información jurídica desde la perspectiva de la Abogacía |
El juez supremo hizo una fuerte defensa de la independencia de los poderes judiciales en su discurso.
Noticias17/10/2022En el discurso de incorporación leído por el Prof. Carlos Jaramillo, hizo mención que Lorenzetti ya es miembro de las Academias de Derecho de Argentina, Perú y ahora de Colombia, además de participar en diversos institutos jurídicos de Estados Unidos, Brasil, Mejico, Italia, España y otros países, con libros publicados en más de diez países de America y Europa. Estaban presente miembros de la Academia, de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema, del Consejo de Estado y los principales juristas de Colombia. Asimismo, participó con varias conferencias en la Universidad Externado y en un Congreso sobre “Protección judicial en América Latina: Acciones para la garantía de derechos fundamentales durante la pandemia por Covid-19”, organizado por la Universidad Externado de Colombia, donde se discutió sobre el Proyecto Covid-19 Litigation Database, junto con profesores Italianos de la Universidad de Trento.
Lorenzetti señaló que los poderes judiciales de la región enfrentan desafíos que eran inimaginables hace cincuenta años. Deben resolver cuestiones de trascendencia social, económica y política. Por esa razón son atacados fuertemente con propuestas de reformas de todo tipo.
Frente a la magnitud de los desafíos se debe tener siempre presente que la función de los poderes judiciales es proteger los derechos de los ciudadanos y no a sí mismos. Lorenzetti señaló que los jueces deben asumir una posición de estadistas, en el sentido de proteger los valores fundamentales del Estado de Derecho.
La idea de que el poder judicial debe abstenerse de decisiones de impacto en la sociedad, o de no interpretar la ley de acuerdo a las necesidades actuales de la población, es típica del siglo XIX. En esa época, era el legislador el que dictaba grandes sistemas y el poder judicial sólo los aplicaba.
Pero esa concepción cambió totalmente en un sistema con multiplicidad de fuentes, porque hay tratados internacionales, Constituciones, leyes, jurisprudencia, y los jueces deben interpretarlas en el caso. A esa actitud se la suele criticar como “creativa” o “activista”, pero es que la mayoría de los derechos están en las constituciones y las leyes; sólo hay que aplicarlas con coraje institucional.
Lorenzetti desarrolló estas ideas que están publicadas en su libro sobre la “decisión judicial” publicado en Colombia y varios países. La jurisprudencia de la Corte Suprema argentina ha sido ampliamente citada en campos como los derechos humanos, juicios de lesa humanidad, protección de los vulnerables, de la propiedad, del ambiente. En todos estos casos es una jurisprudencia que interpreta las constituciones conforme a la actualidad.
La sociedad pluralista actual encomienda a la constitución la tarea de realizar la condición de posibilidad de la vida en común, y abandonando la de establecer un proyecto de vida determinado impuesto desde el poder a los ciudadanos. El objetivo a lograr es una sociedad más inclusiva, tratando de superar la dialéctica amigo-enemigo.
Así se desprende de un informe publicado por la CSJN: Se registró un incremento por cuarto año consecutivo. La violencia psicológica, en primer lugaR
COLPROBA y el Colegio de Magistrados y Funcionarios expresaron nuevamente su oposición a los proyectos de reforma al código civil. La autarquía presupuestaria del poder judicial también fue tema de pronunciamiento.
Así lo aseguró, la abogada Sara Cánepa en declraciones a CNN Radio. La eliminación de la obligatoridad de presentar la documentación de menores al momento de abordar un transporte.
El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, expresó que el Ministerio Público Fiscal se vería impedido de cumplir con sus funciones legales y constitucionales en los procesos que tramitan ante el fuero nacional, en detrimento de los intereses por los que tiene que velar.
El 31 de diciembre, el gobernador Axel Kicillof promulgó la reforma aprobada por la legislatura provincial el 12 de diciembre.
Reemplazan los cargos dejados por el recientemente fallecido Héctor Recalde y Miguel Piedecasas, quien renunció hace una semana.
El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, expresó que el Ministerio Público Fiscal se vería impedido de cumplir con sus funciones legales y constitucionales en los procesos que tramitan ante el fuero nacional, en detrimento de los intereses por los que tiene que velar.
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