
Nación: Deudores alimentarios no podrán aspirar a la magistratura
Alejandro Carranza
Así lo consigna el proyecto presentado por los consejeros Carlos Matterson y Diego Marías para modificar el Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de Magistrados/as del Poder Judicial de la Nación.
“La condición de deudor alimentario en los distintos registros provinciales resulta una violación a los derechos de niños, niñas y adolescentes, y una forma de violencia económica, patrimonial y psicológica para con quien queda a cargo de sus hijos o hijas”, explicó Carlos Matterson, vicepresidente del Consejo de la Magistratura de la Nación.
Uno de los representantes de los abogados y abogadas del interior del país en la Magistratura Nacional agregó: “Es importante que este organismo adopte políticas públicas tendientes a eliminar la discriminación, las desigualdades de poder sobre los progenitores y promover medidas de deslegitimación de todo tipo de violencia”.
Recordemos que el deber alimentario de los progenitores para con sus hijos/as está regulado tanto en el Código Civil y Comercial de la Nación, como en diversos tratados internacionales.
“En otras jurisdicciones el certificado es excluyente para participar como postulante a integrar cualquiera de los tres poderes del Estado y en particular el Poder Judicial”, cerró Matterson.


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